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JUZGADO MUNICIPAL DE GRANDAS DE SALIME

 

Nivel de descripción: fondo

Identificación

Código de referencia:
ES.33044.AHA/JM-GS 
Título:
JUZGADO MUNICIPAL DE GRANDAS DE SALIME 
Fecha (s):

Fechas de formación: 1870 / 1885

 
Volumen y soporte:

3 cajas (37 carpetillas)

 

Archivo

Contexto

Productor/es:

Juzgado Municipal de Grandas de Salime

 
Historia institucional/Reseña biográfica:

Los Juzgados Municipales se instituyen por la Ley Orgánica del Poder Judicial, de 15 de septiembre de 1870, que dispone su existencia en todos los municipios en sustitución de los juzgados de paz, asumiendo las funciones desarrolladas hasta entonces por éstos y dependiendo directamente del Juzgado de Primera Instancia del correspondiente Partido. La Ley de Justicia Municipal de 1907 otorga el perfil definitivo a estas instituciones. En virtud de la misma, se establece, en cada término municipal, un juzgado constituido por juez, fiscal y secretario, al lado del cual actuaría un Tribunal Municipal formado por el juez y dos adjuntos; salvo en las poblaciones donde existiese más de un Juzgado de Primera Instancia, en las que el número de juzgados y tribunales municipales sería igual al de aquéllos. Tanto juzgados como tribunales municipales funcionaban simultáneamente, aunque la decisión de los litigios era de la exclusiva competencia éstos. Dicha situación se mantiene hasta 1923, año en el que se suprimen los tribunales, desapareciendo la figura de los jueces adjuntos, y los juzgados asumen sus competencias. A lo largo de su desarrollo institucional tuvieron asignadas las siguientes atribuciones: actos de conciliación; juicios verbales civiles en asuntos de menor cuantía; juicios de desahucio; juicios de faltas; diligencias previas sobre delitos cometidos en su jurisdicción hasta la intervención del juez de Instrucción; ejecución de sentencias y resoluciones; ejercicio de comisiones auxiliadoras de los juzgados de Primera Instancia e Instrucción; asuntos de jurisdicción voluntaria, bien en exclusiva bien como comisionados del Juez de Primera Instancia; llevanza del Registro Civil en el correspondiente término municipal, así como las diligencias previas de inscripción posesoria de fincas en el Registro de la Propiedad del Partido. En virtud de la Ley de Bases de Justicia Municipal, de 19 de julio de 1944, aparecen, en al ámbito local, los juzgados comarcales, a cargo de jueces técnicos, con las mismas atribuciones de los municipales, en los municipios que fueran centros o capitales de comarca, en tanto se mantenían los juzgados municipales en las capitales de provincia y municipios de más de 20.000 (el límite se amplia a 30.000 en 1967). A lo largo de esta segunda etapa, los juzgados municipales aumentan ligeramente sus competencias sobre la base de las atribuciones anteriores, a las que añadirán la función inspectora sobre los juzgados de Paz, restablecidos por la mencionada Ley de 1944. Los juzgados municipales se suprimen por R.D. de 29 de julio de 1977, en virtud del cual se crean los juzgados de distrito, en sustitución tanto de los juzgados municipales como de los comarcales. El Juzgado Municipal de Grandas de Salime, en su origen, formó parte del Partido Judicial de Cangas de Tineo, hasta 1872, año en que se restablece el Juzgado de Primera Instancia de Grandas de Salime, que había sido suprimido en 1867. Al suprimirse definitivamente el Juzgado de Primera Instancia de Grandas de Salime en 1883, el Juzgado Municipal con sede en dicha localidad pasa a formar parte del ámbito territorial del Partido Judicial de Castropol. A partir de la Ley de Bases de Justicia Municipal de 19 de julio de 1944, se suprime el Juzgado Municipal y pasa a funcionar como Juzgado de Paz dentro del ámbito del Partido Judicial de Castropol, dependiente, en una primera etapa, del Juzgado Comarcal de Boal hasta que éste se suprime en 1953, año en que pasa a depender del Comarcal de Castropol.

 
Historia archivística:

Los fondos del Juzgado Municipal, junto con los generados por el Juzgado de Primera Instancia de Grandas de Salime, proceden de la Biblioteca de la Universidad de Oviedo, donde habían sido depositados por un catedrático de la Facultad de Derecho. Ingresan en el Archivo Histórico Provincial en calidad de depósito a finales de los años 70.

 
Forma de ingreso:

Depósito.

 

Contenido y estructura

Alcance y contenido::

Se conserva un libro registro de penados (1876-1892), juicios verbales civiles (1867-1885), conciliaciones (1856-1882) y juicios de faltas (1867-1874).

 
Sistema de organización:

Cuadro de clasificación funcional y ordenación cronológica.

 

Acceso y utilización

Condiciones de acceso:

Libre acceso.

 
Características físicas y requisitos técnicos:

Buen estado de conservación.

 
Instrumentos de descripción:

- Inventario en soporte informático e impreso por ordenador, elaborado en 2006. - Índices en soporte informático e impresos por ordenador - Catálogo manuscrito y mecanografiado en fichas.

 

Documentación asociada

Unidades de descripción relacionadas:

Fondos de los juzgados de Paz y de Primera Instancia e Instrucción de Grandas de Salime, que se encuentran en el mismo Archivo.

 

Notas/Observaciones

Control de la descripción

Nota del archivero:

Descripción a nivel de fondo: Ángel Argüelles Crespo/ Vicente Siegrist Trelles. Actualización de datos: A.H.A. / marzo de 2005

 
Reglas o normas:

CONSEJO INTERNACIONAL DE ARCHIVOS. Norma Internacional General de Descripción Archivística: adoptada por el Comité de Normas de Descripción, Estocolmo, Suecia 19-22 septiembre 1999, 2ª ed. [ISAD (G)2]

 
Fecha de descripción:

3 / 2003

 
 

Información sobre el documento

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