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MAGISTRATURA DE TRABAJO/JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE OVIEDO

 

Nivel de descripción: fondo

Identificación

Código de referencia:
ES.33044.AHA/JS-O1 
Título:
MAGISTRATURA DE TRABAJO/JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE OVIEDO 
Fecha (s):

Fechas de formación: 1925 / 2000

 
Volumen y soporte:

3.690 cajas

 

Archivo

Contexto

Productor/es:

Magistratura de Trabajo nº 1 de Oviedo/ Juzgado de lo Social nº 1 de Oviedo

 
Historia institucional/Reseña biográfica:

La jurisdicción especial de Trabajo se inicia en España con la Ley de Tribunales Industriales de 19 de mayo de 1908, en la que se faculta al Gobierno para establecer dichos organismos en las cabezas de partidos judiciales, con jurisdicción sobre todo el territorio del partido, siempre que lo estime oportuno y a petición de los patronos y obreros interesados. En su desarrollo, el Real Decreto de 20 de octubre del mismo año creó Tribunales Industriales en todas las capitales de provincia y en determinadas cabezas de partidos judiciales, que, en lo que afecta a Asturias, se establecieron en Oviedo, Gijón, Avilés, Laviana, Lena y Siero. Su jurisdicción alcanzaba únicamente al territorio o distrito donde se encontraban establecidos y estaban presididos por un juez de primera instancia y compuestos de jurados, patronos y obreros, con competencia en materia de contratos de trabajo y accidentes laborales. En 1922, debido al considerable incremento de la actividad industrial en Asturias y al deficiente funcionamiento de los Tribunales Industriales, se instaura un Tribunal Industrial Especial en Oviedo, con juez propio y jurisdicción en toda la provincia. La creación de este Tribunal Industrial Especial se había autorizado, en la misma forma que el establecido en Bilbao, por el art. 8º de la Ley de Presupuestos de 26 de julio de 1922. El Código de Trabajo aprobado por Decreto-Ley de 23 de agosto de 1926 mantiene esta situación en cuanto al número de Tribunales Industriales en Asturias, dado que transcribe literalmente lo dispuesto en el Decreto de 1908, sin embargo, como consecuencia de una Real Orden posterior, de 16 de noviembre, se agrupan, en la práctica, todos los Tribunales Industriales de Asturias en el Tribunal Especial creado en Oviedo en 1922. Las atribuciones de los Tibunales Industriales fueron compartidas con los comités paritarios a partir del R.D. de 5 de octubre de 1922, por el que se estableció el régimen paritario por industrias y por grupos de oficios y profesiones para resolver los conflictos entre patronos y obreros. Una Orden de 18 de diciembre de 1931 dispuso que los Comités Paritarios cambiasen su denominación por la de Jurados Mixtos de Trabajo. Estos organismos, compuestos por patronos y obreros, tenían carácter administrativo y judicial y ejercían funciones normativas, arbitrales, sociales y judiciales. Así, los Tribunales Industriales siguieron teniendo competencias en materia de accidentes de trabajo, mientras que los Jurados Mixtos, en el orden judicial, entendían en temas de despidos y salarios hasta determinadas cuantías. La legislación de Jurados Mixtos y su demarcación territorial sufrió algunas modificaciones durante la República. En 1935 se suprimen los Tribunales Industriales, que se refunden en los Jurados Mixtos, si bien, en 1936, varias disposiciones derogaron esta medida, restableciendo la situación preexistente en 1931 y reponiendo los suprimidos Tribunales Industriales. Tanto Jurados Mixtos como Tribunales Industriales se suprimen, a su vez, por Decreto de 13 de mayo de 1938, en tanto que la Ley de 17 de octubre de 1940 crea las Magistraturas de Trabajo como únicas instituciones jurisdiccionales contenciosas en la rama social del Derecho. La base territorial de la Magistratura de Trabajo es la provincia, aun cuando fueron creándose más de uno de estos tribunales por provincia en razón del elevado censo laboral. En principio funcionaba una sola Magistratura de Trabajo en Asturias, con sede en Oviedo y jurisdicción sobre toda la provincia, hasta el año 1946, en que se crea otra con residencia en Gijón y jurisdicción territorial en los partidos de Gijón, Avilés, Cangas de Onís, Llanes y Villaviciosa. En 1952, se establece una Magistratura de Trabajo en Mieres con jurisdicción sobre los partidos de Mieres, Lena y Laviana, si bien, en 1958, se detrae este último en beneficio de la Magistratura de Oviedo, que se desdobla en 1966. Esta demarcación se modificó con la creación de dos nuevas magistraturas en Oviedo, la nº 3 y la nº 4, en 1976 y 1985 respectivamente, y otras dos en Gijón, en 1971 y 1986. La promulgación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, supuso la integración de las Magistraturas en el sistema judicial general. Éstas se mantuvieron hasta la entrada en vigor de la Ley de Planta y Demarcación Judicial, de 28 de diciembre de 1988, en virtud de la cual fueron sustituidas por los Juzgados de lo Social. En 1989 y 1992 se crean dos nuevos Juzgados de lo Social en Avilés, con jurisdicción sobre el partido judicial del mismo nombre.

 
Historia archivística:

Las primeras transferencias de fondos de las Magistraturas de Oviedo y Gijón se efectuaron a instancias de la Audiencia Provincial en sucesivas entregas desde 1974 hasta 1985. Se realizaron nuevas entregas en los años 1993, 1995 y 2002, en ocasiones en transferencias conjuntas de procedimientos del resto de los Juzgados de los Social ovetenses.

 
Forma de ingreso:

Transferencias fechadas los días 16 de enero de 1985, 2 de junio de 1993, 22 de mayo de 1995, 4 de octubre de 2002 y 5 de mayo de 2007.

 

Contenido y estructura

Alcance y contenido::

El grueso del fondo lo constituyen los expedientes de demandas (1935-2000). También hay un volumen significativo de diligencias de ejecuciones gubernativas (1942-1975) y de expedientes de sanciones y pagos (1944-1968) y, en menor cuantía, documentación de Secretaría, constituida por registros de correspondencia, correspondencia y circulares (1938-1960), nóminas y liquidaciones a la Mutualidad de Funcionarios (1960-1979), estadísticas (1938-1975) y copias de sentencias (1967-1973). Incluye alguna documentación referida a los Tribunales Industriales y a los Jurados Mixtos: estados de cuentas de bancos e inventario de enseres y mobiliario de los Jurados Mixtos, registros de entrada y salida de depósitos del Tribunal Industrial de la Provincia de Oviedo y actas de entrega del Tribunal Especial Industrial al Magistrado de Trabajo de Oviedo (1925-1942).

 
Sistema de organización:

Ordenación cronológica y por número de procedimiento de las series documentales.

 

Acceso y utilización

Condiciones de acceso:

Su acceso está sometido a las restricciones establecidas en el ordenamiento jurídico vigente.

 
Características físicas y requisitos técnicos:

Buen estado de conservación.

 
Instrumentos de descripción:

- Inventario en fichas mecanografiadas. - Inventario en soporte informático e impreso por ordenador.

 

Documentación asociada

Notas/Observaciones

Control de la descripción

Nota del archivero:

Descripción a nivel de fondo: Ángel Argüelles Crespo/ Vicente Siegrist Trelles. Actualización A.H.A. 2015

 
Reglas o normas:

CONSEJO INTERNACIONAL DE ARCHIVOS. Norma Internacional General de Descripción Archivística: adoptada por el Comité de Normas de Descripción, Estocolmo, Suecia 19-22 septiembre 1999, 2ª ed. [ISAD (G)2]

 
Fecha de descripción:

3 / 2003

 
 

Información sobre el documento

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