Nivel de descripción : Serie
IDENTIFICACIÓN
Código de referencia :
ES.33024.AMUPA/MF - 2.0.0.9
Título :
Pleitos sobre jurisdicción
Fecha(s) :
s/f - s/f
Nivel de descripción : Unidad documental
Signatura | Título | Fechas |
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C34/14 | Real ejecutoria de la Real Chancillería de Valladolid que confirma y manda cumplir como definitiva su anterior sentencia del pleito entre Leonor Viciosa, viuda de Pedro Pardo de Cela, de una parte, y Leonor Osorio, viuda de Pedro Sarmiento, y Mencía de Valdés, viuda del licenciado Navia, y Gómez Pérez de las Marinas, vecino de la villa de Vivero (Lugo), como heredero de María Sarmiento, y Francisco Sánchez, de la otra parte, sobre la mitad de la jurisdicción del Coto de Cajoto en Cervalles de Vivero (Lugo).
1 cuadernillo. Alcance y contenido: Incompleta. Incluye la anotación: "Parece tocar a la Casa de Lienes" Características físicas y requisitos técnicos: M.C.: Faltan las primeras y últimas hojas del legajo. La esquina inferior derecha de las hojas iniciales ha sido destruida por acción de insectos xilófagos. |
1565-11-6 |
C33/47 | Memorial de la comisión dada por el Rey al licenciado Esquivel de Ávila nombrándole juez especial para proceder contra Diego Fernández de Miranda y consortes, en defensa de la Hacienda, jurisdicción y rentas de la Corona y en cumplimiento de lo expuesto en una relación del Consejo de Hacienda tras haber perdido aquellos el pleito que mantuvieron ante la Real Chancillería de Valladollid con los linajes y gremios de la villa de Grado por la propiedad de oficios, jurisdicciones y bienes. | 1592-6-15/1594-11-9 |
C16/2 | Carta y Real Provisión de la Real Audiencia de Oviedo y diligencias judiciales despachadas por el juez ordinario de la villa de Sena (Ibias) y su jurisdicción de cumplimiento de la sentencia del pleito seguido en aquella entre el fiscal de S.M. y el vizconde de Castaosa, dueño y señor de la villa de Sena (Ibias), sobre el señorío y vasallaje del Coto de Sena y demás rentas jurisdiccionales, en orden a que los depositarios, arrendadores y llevadores de los bienes del Coto rindan cuentas y paguen lo correspondiente a dicho señor.
Dos cuadernillos |
1733-8-13/1733-10-6 |